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Principales novedades de la Directiva Europea de Servicios
Ismael Olea, 06 Jun. 2009
Copio el resumen directamente de El País:
-Reducción de los trámites administrativos: La transposición de la norma europea reduce en un 30% las cargas administrativas para abrir un negocio o iniciar una actividad.
-Plazo máximo de 24 horas: La creación de una sociedad limitada se podrá gestionar en un plazo máximo de un día.
-Notificaciones a posteriori: Se sustituyen los requisitos previos -certificados, inscripción en el registro mercantil y paso por el notario- por notificaciones o declaraciones a posteriori en las que los profesionales se responsabilicen del correcto funcionamiento de la actividad.
-Ventanilla única por internet: Los prestadores de servicios puedan realizar todos los procedimientos y trámites a distancia y por vía electrónica, así como contactar con todas las administraciones (europea, central, autonómica y local) a través de la red.
-Reforma de los Colegios Profesionales: Vinculada a la directiva, el Gobierno reforma la norma que regula estas instituciones para flexibilizar el acceso a una profesión. También elimina la prerrogativa de los colegios profesionales para fijar los baremos orientativos de precios y se les obligará a que las cuotas de inscripción que pagan los asociados se ajusten exclusivamente a los gastos que conlleva dicho ingreso
-Excepciones: Servicios financieros, las comunicaciones electrónicas, el transporte y los servicios portuarios -aunque el Gobierno también ha aprobado un proyecto de ley que modifica su régimen económico y prestación de servicios-, las empresas de trabajo temporal, los servicios sanitarios y farmacias, audiovisuales, determinadas actividades de juego, actividades vinculadas al ejercicio de la autoridad pública, los servicios sociales prestados en virtud de acuerdo con la administración y los servicios de seguridad privados.
Referencias: