Internacionalización de los Derechos de Autor

Se dice que el origen de instrumentos internacionales en esta materia es consecuencia del desarrollo de las relaciones internacionales, la aparición de nuevos medios de reproducción y difusión y la traducción de las obras a otros idiomas, ya que la protección estrictamente nacional resultaba insuficiente y cada vez se hacía más necesaria la protección de las creaciones intelectuales más allá de los límites territoriales de cada país.

De esta forma, durante la primera mitad del siglo XIX se inició la universalización de los derechos de autor a través del principio de reciprocidad y la concertación de convenios o tratados mediante los cuales se reglamentaron los derechos de autor. Dentro de las primeras conferencias diplomáticas se encuentran el Congreso de Bruselas de 1858, el de Amberes de 1861 y 1877, el de París de 1877, el de Londres de 1879, el de Lisboa de 1880, el de Viena de 1881, el de Roma de 1882 y las Conferencias de Berna de 1884 y 1886 de las cuales surgió el instrumento más importante en materia de Derechos de Autor: Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas del 9 de septiembre de 1886 completado en París el 4 de mayo de 1896, revisado en Berlín el 13 de noviembre de 1908, perfeccionado en Berna el 20 de marzo de 1914, vuelto a revisar en Roma el 2 de junio de 1928 en donde por primera vez se regularon los derechos morales, y nuevamente en Bruselas el 26 de junio de 1948, Estocolmo en 1967 y en París en 1971.

Así, conforme ha pasado el tiempo más instrumentos internacionales se han creado y hoy día existen una gran cantidad de ellos, dentro de los cuales podemos mencionar, como mera ejemplificación, el Acuerdo entre la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual y la Organización Mundial de Comercio firmado el 22 de diciembre de 1995, la Convención Interamericana sobre Derechos de Autor en obras literarias, científicas y artísticas del 22 de junio de 1946, la Convención Universal sobre Derechos de Autor del 24 de julio de 1971, el Reglamento de Arbitraje de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual firmado en al año de 1994, el Tratado de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual sobre el Derecho de Autor firmado el 20 de diciembre de 1996, así como varios Tratados de Libre Comercio que dedican un apartado especial a los derechos de autor. En el caso de México podemos mencionar los celebrados con América del Norte, Bolivia, Colombia, Venezuela, Costa Rica y Nicaragua firmados entre 1993 y 1997.